Subsidio por Fallecimiento
- El Asociado deberá estar al día con el pago de la Cuota Social y las de Servicio para recibir el Subsidio.
- Deberá tener una antigüedad de seis meses consecutivos.
- El subsidio se pagara únicamente al Beneficiario declarado por el Socio Titular.
- El Beneficiario declarado debera presentar el Certificado de Defunción expedido por autoridad competente acreditando su identidad.
El subsidio no se pagará si:
- El Asociado Activo no se encontrara al día con los compromisos asumidos con la entidad.
- Las causales establecidas por el reglamento INAES así lo establezcan.
- No existe la declaración de Beneficiario presentada en la mutual.